Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo, a través de los
organismos técnicos correspondientes, informará a esta Legislatura en un plazo
no mayor a treinta (30) días de recibida la presente sobre los siguientes
puntos relacionados con el Parque
Lezama, ubicado entre las calles Brasil, Paseo Colón, Martín García y Defensa:
a) Si existe un plan de puesta en
valor del parque y en caso afirmativo en qué consiste y cuál será su
presupuesto.
b) Cuáles han sido las obras
realizadas en el Parque durante los años 2008, 2009 y el primer trimestre de
2010.
c) Cuál es el estado de la
totalidad de la infraestructura y de las instalaciones de recreación y
esparcimiento (juegos).
d) Cuales son las tareas que se
prevén realizar en el parque detallando las mismas.
e) Tiempo que llevará la concreción
de las obras.
f)
Monto de la inversión a realizar.
g) Si se ha asignado o se tiene
previsto asignar personal para el cuidado y conservación del parque.
h) Si se encuentra en
funcionamiento el sistema de riego del parque y frecuencia con la que se lo
utiliza.
i)
Si se han desarrollado tareas de reparación de los baños.
j)
Si se ha previsto la instalación de baños químicos durante los fines de
semana a efectos de atender la demanda de las personas que trabajan y visitan
el predio.
k) Informe y detalle si se han
realizado o están pautadas tareas de control y verificación del estado del
arbolado que se encuentra en el parque.
Artículo
2º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El presente
proyecto se basa en la necesidad de tomar conocimiento sobre las tareas de
mantenimiento y puesta en valor del
Parque Lezama.
En la actualidad
la situación en la que se encuentra actualmente el Parque Lezama es la viva
demostración de cómo una serie de administraciones de distinto signo se han
puesto de acuerdo, sin aparente coordinación, para transformar este jardín de
la ciudad en un terreno baldío. La técnica parece ser la misma que se empleo
con las empresas públicas que luego se privatizaron: dejarlas morir para luego
argumentar que ya no hay solución.
Dicho
lugar, es visitado por 10.000 personas cada fin de semana, los cuales van en
búsqueda de esparcimiento y recreación.
Dicho parque, además de ser muy amplio, cuenta con anfiteatro, fuentes,
glorietas, etc, que deben restaurarse y mantenerse en óptimas condiciones.
Es sin lugar a
dudas uno de los parques más importantes y emblemáticos de nuestra Ciudad. Por
su forestación y diseño y por su barranca natural, una de las dos únicas que
aún quedan en Buenos Aires, se trata de uno de los parques más hermosos de la
ciudad.
Todos
sabemos lo necesario que es contar con un espacio verde donde poder tomar
contacto con la naturaleza.
En la actualidad
el Parque Lezama tiene una extensión aproximada de 80.000 metros cuadrados,
cuenta con una importantísima población de árboles centenarios e importantes
esculturas, monumentos y construcciones que lo han transformado en uno de los
paseos más atractivos de la ciudad.
Debido a su
ubicación en una zona que tiene un déficit de espacios verdes, se encuentra
sobreutilizado por la población residente, para la que resulta de gran
importancia por ser el mayor de toda la zona del denominado Casco Histórico- y
por usuarios ocasionales, muchos de los cuáles provienen de la zona sur del
Gran Buenos Aires en la que la escasez de espacios verdes resulta notoria.
De ahí que el
estado de degradación en la que se encuentra el parque, de por sí inaceptable
en cualquier espacio público, se ve agravado por la trascendencia que tiene el
mismo como casi único lugar de esparcimiento de los vecinos.
Durante los
fines de semana no existe la infraestructura básica que permite dar adecuada
contención y seguridad.
La Justicia
Contencioso Administrativo de la Ciudad hizo lugar a una acción de amparo
interpuesta por un grupo de vecinos y ordenó al Poder Ejecutivo actuar en
relación a algunas de las cuestiones a las que hacemos referencia.
Dicha sentencia
confirmó la de primera instancia que había sido apelada por el Poder Ejecutivo.
El Juez de primera instancia había realizado una inspección ocular en el parque
y confirmado muchas de las cuestiones a las que se hace referencia en estos
fundamentos.
Se trata de un Recurso de Amparo
interpuesto por el estudio del Dr. Jorge Freijo (caratulado Graciela Fernández
c/Gobierno de la Ciudad/amparo – número 16839/0 – secretaría 19) en
representación de vecinos del parque Lezama para intimar al gobierno porteño a
la puesta en valor del espacio verde por haberse en encontrado en “pésimo
estado”.
La presentación recibió un primer fallo en favor de los vecinos que data de 2005. El juez a cargo del Juzgado era el Dr. Hugo Ricardo Zuleta. Al año fue ratificada por la Cámara correspondiente. Ante la falta de respuestas del gobierno porteño, el juzgado resolvió, en febrero de 2007, imponer una multa de 100.- pesos diarios hasta el cumplimiento de la sentencia.
La sentencia
judicial le recordaba a las autoridades del Gobierno de la Ciudad los artículos 26,27 y 104 de la Constitución
de la Ciudad, por los que están obligados a velar por el buen estado y mejor
uso de los espacios públicos y verdes. Les recordaba además, que el parque
Lezama es Monumento Histórico Nacional, que esta dentro del área de protección
histórica Nº 1 y que esta comprendido dentro de los postulados que esgrime la
ley de Patrimonio de la ciudad.
“La falta total de interés del gobierno por cumplir el fallo y hacer efectiva la multa, llevó al juez a decretar, el 28 de octubre de 2008, a trabar embargo sobre el sueldo del jefe de Gobierno para hacer efectiva la sanción”, relatan en un comunicado vecinos de San Telmo.
Ante esta situación, Señor Presidente, entendemos que hay un abandono de parte de las autoridades del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires de la defensa de los espacios públicos y una falta de reacción frente al acelerado deterioro del ambiente urbano y de desprecio de los espacios verdes como patrimonio cultural, lugar de encuentro y de relación entre los ciudadanos.
Claramente lo
señala en una nota al diario la Nación la doctora Sonia Berjman, especialista
en preservación de parques: " las decisiones sobre el uso y las formas de
los espacios públicos no pueden ser decisiones unilaterales de un jefe de
gobierno y de su entorno, grupo transitorio en el poder, sobre todo cuando de
lo que se trata es del espacio público físico y simbólico por excelencia (….).
No se puede decidir unilateralmente de un día para el otro qué hacer con un
sitio tan cargado de significación."
La presencia de zonas verdes en una ciudad
como Buenos Aires cumple con una serie de funciones que influyen directamente
en la vida de sus habitantes. Por una lado purifica el aire mejorando la
calidad ambiental, y por otro brinda espacios apropiados para el descanso, el
entretenimiento y la socialización.
Los
parques cuentan con ejemplares arbóreos diversos, algunos de gran valor
histórico y natural. Sin duda es tarea del Gobierno de la Ciudad preservar
todos los elementos vegetales e incrementarlos y reemplazarlos en aquellas
áreas desmejoradas como así también mejorar su infraestructura para que sean
aptos para el uso de los vecinos.
Consideramos de
vital importancia la solución de este problema ya que el deterioro de uno de
los más importantes espacios verdes de la Ciudad, repercute en la calidad de
vida de todos los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por
todo lo expuesto y a fin de mejorar la calidad de vida de nuestros
conciudadanos, solicito la aprobación de la presente Resolución.
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